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ADEABUR -Denunciamos las malas prácticas de las aseguradoras ante la Unión Europea
A primera hora de hoy se ha presentado el documento ante las autoridades competentes, avalado con la representatividad del 90 por ciento del sector de la reparación.
ADEABUR, tu asociación, denuncia las malas prácticas de las aseguradoras con los talleres ante la Unión Europea
Como miembro fundador y activo en el seno de CONEPA, ADEABUR ha participado de manera efectiva y directa desde el inicio de esta iniciativa, meses atrás, en la puesta en marcha de esta inédita actuación de defensa del sector reparador ante las autoridades europeas.
Lo hace a través de CONEPA y con un escrito firmado también por CETRAA, GANVAM y FAGENAUTO, poniendo el foco en el Estado español por vulnerar las normas comunitarias y permitir las prácticas abusivas de las aseguradoras.
Dichas malas prácticas causan graves perjuicios económicos a los talleres.
Las asociaciones pretenden una solución desde EUROPA a las desequilibradas relaciones con las aseguradoras.
Se denuncian, entre otros aspectos:
-La fijación unilateral del precio/hora.
-La falta de objetividad de los baremos.
-La dependencia económica de los peritos.
-La imposición de proveedores y tipo de recambio, en su caso.
-Las restricciones en la elección del taller por parte del usuario.
CETRAA, CONEPA, GANVAM y FAGENAUTO en representación de los talleres de reparación nacionales, han denunciado al Estado españolante el Parlamento Europeo por incumplir cuatro Directivas comunitarias y varios artículos del Tratado de Funcionamiento de la UE (TFUE). El escrito de petición, presentado en el día de hoy, se dirige para que éste se posicione sobre el citado incumplimiento que, según las asociaciones denunciantes, sustenta las malas prácticas de las aseguradoras causantes de graves perjuicios económicos a los talleres.
Con esta iniciativa se pretende una solución desde Europa, que basada en el respeto al marco jurídico comunitario termine con la desequilibrada relación actual de talleres y aseguradoras, dando origen a un marco más equitativo.
Malas prácticas de las aseguradoras e incumplimiento del Estado español de normas europeas:
1. Las aseguradoras fijan los precios hora sin respetar el establecido por el taller y el importe a abonar por el siniestro, sin que a los talleres se les reconozcan todas las horas de trabajo que invierten en las reparaciones (aunque están obligados a garantizar sus trabajos); y tienen que aplicar descuentos comerciales. El artículo 101.1.a) del TFUE prohíbe las prácticas que tengan por objeto fijar directa o indirectamente los precios de compra o de venta u otras condiciones de transacción falseando la competencia.
Por otra parte, el artículo 101.1.e) prohíbe “aplicar condiciones desiguales para prestaciones equivalentes”, lo que ocurre al aplicar distintos precios a usuarios o aseguradoras.
2. Los baremos, confeccionados por empresas vinculadas o participadas por las aseguradoras, se usan (limitando el uso de otras herramientas de valoración) por los peritos para tasar el tiempo y coste de los materiales, actúan en detrimento del taller, ya que el baremo no tiene por qué ajustarse al tratamiento de la reparación de cada taller ni a su estructura empresarial. Asimismo, los baremos difieren entre sí para el mismo tipo de reparaciones. Es una práctica desleal y agresiva, según el artículo 8 de Directiva 2005/29/CE.
3. En España puede haber colusión tácita entre aseguradoras porque todas han bajado los precios de sus pólizas, algo que no ha ocurrido en otros Estados. Por tanto, el mercado español de reparaciones es desequilibrado. También los convenios CIDE y ASCIDE, refuerzan la idea de colusión táctica y la fijación de precios unilateral, ya que el importe del módulo se fija anualmente y es independiente del coste real de los daños del vehículo. El sistema extiende sus efectos al seguro voluntario. Las aseguradoras tienen interés en tasar el daño en el menor coste posible. El artículo 101.1.c del TFUE, prohíbe la colusión de precios.
4. Asimismo, la dependencia económica de los peritos no permite garantizar que actúen con estricta objetividad a la hora de evaluar los daños y fijar el precio/hora de la reparación.
Existe una dependencia vertical y abuso de derecho en perjuicio del consumidor y del taller. Además, los peritos no están colegiados, ni su formación regulada; por tanto, su actuación no está reglada. Así que faltan garantías para el adecuado desarrollo de la profesión.
Se incumple el artículo 17.3 de la Directiva 2016/97 que ordena que los Estados garanticen que los distribuidores de seguros no evalúen el rendimiento de sus empleados de un modo que entre en conflicto con su obligación de actuar en el mejor interés de sus clientes.
Es necesario resolver la dependencia vertical de los peritos, creando un órgano supervisor que designe a los peritos de forma independiente y ante el cual se reclamen las malas prácticas.
5. Algunas aseguradoras imponen a los talleres los proveedores de recambios o el tipo de recambio a instalar. Esta práctica vulnera la Directiva 2006/123/CE relativa al ejercicio de la libertad de establecimiento libre circulación de los servicios. Las aseguradoras no velan por la eficiencia y óptima calidad de la prestación de servicios de los talleres de reparación porque imponen estas exigencias o condiciones como la aplicación de descuentos comerciales.
6. Hay compañías que comercializan pólizas que impiden a los clientes elegir libremente el taller para reparar su vehículo, sin que otros talleres puedan adherirse a este tipo de acuerdos, restringiendo la libre competencia y la libertad de elección del consumidor. Esta práctica está prohibida por la Directiva 93/13/CEE por abusiva para los consumidores, especialmente en los accidentes imputables a terceros, ya que en ellos el perjudicado debe tener libertad de elección. Además, el resto de talleres recibe menos clientes, sufriendo una desventaja competitiva.
Igualmente son abusivas las cláusulas restrictivas a la libre elección, que no se destacan en el texto del contrato del seguro ni se firma separadamente
7. Por último, algunas entidades, una vez ocurrido el siniestro, apremian al cliente para que lleve su vehículo a determinados talleres seleccionados, distorsionando el mercado al limitar y restringir la libre elección de taller por el consumidor, vulnerando el principio de igualdad y aprovechando el desconocimiento del asegurado. Esta práctica vulnera la Directiva 2005/29, sobre prácticas comerciales desleales de las empresas en sus relaciones con los consumidores porque pueden distorsionar el comportamiento económico del consumidor medio al que afecta haciéndole tomar una decisión que de otra forma no hubiera tomado.